Abigail Paez dijo que «no sé lo que pasó realmente, tengo lagunas en la cabeza». Fue cuando le permitieron decir las últimas palabras en el juicio en el que se hizo la audiencia final. La madre Magdalena Espósito Valenti descargó sobre el padre. 

 

Tras 18 audiencias, concluyó este jueves el juicio por el crimen de Lucio Dupuy, el niño de 5 años asesinado en noviembre de 2021 en Santa Rosa La Pampa. Durante los alegatos finales, que se extendieron durante casi seis horas, el fiscal del juicio pidió que la madre de la víctima, Magdalena Espósito Valenti, y su pareja Abigaíl Páez sean declaradas culpables del “homicidio calificado y abuso sexual gravemente ultrajante”, delitos que prevén la pena de prisión perpetua.

Páez dijo que «no declaré en la policía lo del robo porque no era verdad, fue un momento de desesperación. Eso se lo dije a un vecino que no conocía. No vine acá a mentir, sino a dar mi versión y a decir la verdad de los hechos; y aunque no juré, lo juro ahora por todas mis creencias que lo que dije es la verdad».

«Todo lo que puedan decir de mi es horrible, por eso le pido perdón a las personas se hayan sentido tocadas por el tema y por toda esta situación, y que lo lloran y lo extrañan como me pasa a mi y a su mamá», dijo.

«Y también quiero pedirles disculpas a mi familia y a mi mamá porque le fallé, porque ella no me enseñó estas cosas. No sé realmente lo que pasó, tengo muchas lagunas en la cabeza, y si no conté detalles es porque estoy muy traumada. Sé que él (por Lucio) me perdonó. Ojalá yo me pueda perdonar».

La madre de Lucio, Magdalena Espósito Valenti dijo en sus últimas palabras asumió sus culpas como madre pero dijo que «me critican a mi pero no al progenitor y digo progenitor porque padre le queda grande».

 Espósito Valenti dijo que «a él se lo justifica cuando la responsabilidad era de los dos. Sin embargo, en todo momento se desentendió de la criatura».

Afirmó que «tampoco es verdad que Lucio no tenía contactos familiares. Tenía contactos con el progenitor, sus abuelos, mi familia y la de Abigail. Si ellos no quedaron conformes con esos contactos será porque no se esmeraron en tenerlos más». la familia paterna Dupuy declaró en el juicio que a Lucio no lo podían ver desde que vino a Santa Rosa a vivir con su madre y su pareja, Abigail Páez.

El debate se reanudará el año próximo, más precisamente, el lunes 2 de febrero cuando el tribunal dé su veredicto y establezca si las acusadas son culpables o no.

De acuerdo con el Ministerio Público Fiscal, representado en el debate por Verónica FerreroMónica Rivero y Marcos Sacco, las imputadas “agredieron físicamente, en forma conjunta” a Lucio entre las 17.30 y las 19.40 del 26 de noviembre de 2021 en la casa en la que vivían en Santa Rosa, ocasionándole múltiples lesiones que le provocaron la muerte, luego de un período de agonía.

Según la autopsia, solicitada por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA), el niño “presentaba politraumatismos por golpes, mordeduras y quemaduras de vieja y reciente data” y su deceso se produjo por una “hemorragia interna”, producto de las agresiones.

También se determinó que, previo al crimen, Lucio había sido asistido al menos cinco veces en un lapso de tres meses por politraumatismos en distintos centros asistenciales de La Pampa, aunque no había denuncias de profesional alguno al respecto, como así tampoco de las autoridades del jardín de infantes al que asistía.

En su alegato, la fiscal Ferrero habló de un maltrato físico continuo -aludió a lesiones de vieja data- y consideró que también quedaron acreditados los abusos sexuales en reiteradas ocasiones.

Por ello, acusó a Espósito Valenti de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la ascendiente; con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ser la ascendiente, por ensañamiento y alevosía”.

A Páez, en tanto, le imputó de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de realización y con acceso carnal vía anal con un objeto; agravado por haber sido cometido por la guardadora, con el concurso de dos personas y aprovechando la convivencia con la víctima menor de 18 años; todo como delito continuado; en concurso real con homicidio calificado por ensañamiento y alevosía”.

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