Contrariamente con las recomendaciones que el Comité de los Derechos del Niño de la ONU realizó recientemente al Estado argentino, el Gobierno nacional insiste en bajar la edad de punibilidad para adolescentes en conflicto con la ley penal (¿o ley penal en conflicto con lxs adolescentes?)
En 2018 el Comité recomendó al Estado Argentino que “apruebe una ley general de justicia juvenil compatible con la Convención y las normas internacionales en materia de justicia juvenil, en particular en lo que respecta a garantizar que la privación de libertad sólo se utilice como último recurso y por el período de tiempo más breve posible, y que no incluya disposiciones que puedan endurecer las penas o reducir la edad de responsabilidad penal”.
En el mismo sentido, entre los organismos pertenecientes al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, la Corte (Fallo Mendoza 2014) ordenó al Estado a adecuar su régimen penal a los estándares en la materia, mientras que la Comisión Interamericana en su informe Violencia, Niñez y Crimen Organizado en las Américas 2016 exhortó a los Estados de la región a aumentar la edad mínima de responsabilidad penal.
El estándar desarrollado conforma el piso mínimo de garantía de derechos a los que el Estado argentino se compromete a respetar como marco para su política pública. Este piso se conjuga, a su vez, con el principio de progresividad y no regresividad en materia de derechos humanos: bajar la edad es incompatible con la Convención.
En los últimos dos años de la gestión de Cambiemos, lejos de fortalecer el ya debilitado Sistema de Protección Integral de los Derechos de la Niñez, ha tomado medidas en materia de salud y educación que impactaron e impactan de manera directa en niños, niñas y adolescentes del país, perpetrando y reproduciendo vulneraciones a sus derechos, sumada a la falta de inversión en materia de políticas públicas en materia de niñez en concordancia con el achicamiento del Estado, perjudicando las condiciones de vida y obstaculizando las posibilidades de desarrollo de lxs adolescentxs de nuestro país.
Alejandro Osio, Defensor Oficial en lo Penal, de Ejecución y Faltas de La Pampa, Magister en Ciencias Penales por la UNLPam y docente de Derecho Penal 1 y 2 en Fac. de Cs. Eccas. y Jcas. UNLPam posee especialización en Derechos humanos terminada en UNLPam, en su docuemento “BAJAR LA EDAD DE PUNIBILIDAD ES ANTICONVENCIONAL E INCONSTITUCIONAL” agrega que esencialmente podríamos afirmar sin hesitación, que la baja de la edad de punibilidad en la Argentina, violaría el principio de progresividad en materia de derechos humanos, puesto que se impondría un sistema coercitivo (sistema penal) con la habilitación de afectación de derechos fundamentales, entre ellos la libertad a un sector de la población.
Bajar la edad de punibilidad no sólo es anticonvencional e inconstitucional, sino también ilegítimo, injusto, inadecuado, basado en falacias, e infundado porque además de ser regresivo, el único fin que persigue es el castigo, por una multiplicidad de porqués: no es cierto que sea el único modo de asegurar garantías a lxs niñxs de menos de 16 años de edad; no se trata de sancionar nuevas leyes sino de cumplir con las vigentes; la cantidad de adolescentes de 14 y 15 años de edad que intervienen en delitos graves es ínfima; el estado no puede controlar las cárceles que tiene, mucho menos podrá si le agrega más.
El sistema penal es discriminatorio, selectivo y estigmatizante; lxs niñxs son el eslabón más débil de los grupos delictivos y empresas criminales; las penas previstas no son intocables sino que históricamente han tendido a su aumento; y además se criminalizaría, una vez más, a las víctimas del neoliberalismo imperante, como dice la profesora Claudia Cesaroni («Diez razones para no bajar la edad de punibilidad» : 2013).
En este entramado opera también la selectividad propia del sistema penal, de cuya versión juvenil son principales destinatarios los adolescentes varones de los sectores populares, para quienes la constante en sus trayectorias personales ha sido la violencia estatal. Se reproduce la violencia de un Estado ausente en la garantía de derechos, a través de su aparato represivo que criminaliza, persigue, estigmatiza y asesina adolescentes pobres.
Sin lugar a dudas el régimen penal vigente demanda una reforma urgente que otorgue garantías procesales a adolescentes, que ponga fin al sistema tutelar actual, signado por la discrecionalidad con la que jueces y juezas deciden las medidas aplicables a adolescentes. Pero la reforma debe inexorablemente adecuarse a los estándares en la materia; la reforma debe ser compatible con la Convención de los Derechos del Niño (Florencia Vallino, Coordinadora del Área Derechos de Niñez y Adolescencia de ANDHES)