Juicio contra la multinacional Monsanto por crímenes contra la humanidad y “ecocidio”

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Con 13.400 demandas, la batalla judicial por el uso del glifosato, el pesticida declarado “probablemente cancerígeno” por la OMS, apenas acaba de empezar en EE UU

Hace poco conocíamos que un juez de EE UU condena a Monsanto a pagar 2.000 millones de dólares a una pareja enferma de cáncer, justo un día después de que Bayer pida, además, perdón por el espionaje de Monsanto a personalidades francesas.

El gigante agroquímico encargó una investigación a figuras públicas para conocer su postura sobre un polémico herbicida y además recopiló sus datos personales.

Todo empezó a finales del año 2015, cuando faltaba poco para la celebración de la COP 21 de París. Varias decenas de organizaciones no comerciales y activistas de derechos humanos demandaron en esa época a la empresa mutlinacional biotecnológica Monsanto por crímenes de lesa humanidad y ecocidio, y que tendría que enfrentarse a un juicio en el tribunal internacional de La Haya en el mes de octubre del presente año. Y llegó octubre de 2016

Entre las sustancias producidas por la multinacional se encuentra el Roundup, también conocido como Glifosato. Este herbicida lograba erradicar “las malezas” de un día para otro. Pero diversos estudios arrojaron que este herbicida está directamente relacionado con la formación de cáncer en humanos y animales, además provoca trastornos del desarrollo, defectos de nacimiento y tumores. Actualmente este herbicida está prohibido en Europa. Monsanto también es responsable de la producción del 2,4,5-T, uno de los componentes del Agente Naranja que fue empleado por el Ejército estadounidense durante la guerra de Vietnam causando malformaciones congénitas y cáncer.

Entre las sustancias producidas por Monsanto se encuentra el Roundup, también conocido como Glifosato, un herbicida que ha sido prohibido en Europa.

El dictamen de los jueces del Tribunal Internacional Monsanto girará en torno a si empresa vulneró cuatro derechos (entorno seguro, limpio, saludable y sostenible; alimentación; salud; libertad de investigación científica) conforme a distintos artículos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a la Convención de Derechos del Niño. Además, deberán expedirse sobre si las actividades de Monsanto podrían reunir los elementos constitutivos del delito de ecocidio, en el sentido de que dañan gravemente y destruyen el medio ambiente, hasta el punto de alterar de forma significativa y duradera el patrimonio mundial.

El Tribunal Internacional realiza un total de seis acusaciones:

1. Derecho a un medio ambiente sano

¿Violó la empresa Monsanto, por sus actividades, el derecho a un medio ambiente seguro, limpio, sano y sostenible, como se reconoce en el derecho internacional de los derechos humanos, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por parte de los Principios Rectores de Empresas y Derechos Humanos, según lo aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 17/4 de 16 de junio de 2011?

2. Derecho a la alimentación

¿La empresa Monsanto violó, por sus actividades, el derecho a la alimentación, como se reconoce en el artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y en los artículos 24.2 y 27.3 de la Convención sobre los Derechos del niño, y en los artículos 25 (f) y 28.1 de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, como aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 17/4 del 16 de junio de 2011?

3. Derecho a la salud

¿La empresa Monsanto violó, por sus actividades, el derecho al nivel más alto posible de salud, tal como se reconoce en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, o el derecho del niño al disfrute del más alto nivel posible de salud, explícito en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos del niño, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por parte de los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, según lo aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en la Resolución 17 / 4 del 16 de junio 2011?

4. La libertad de expresión y la investigación académica

¿La empresa Monsanto viola la libertad indispensable para la investigación científica, garantizado por el artículo 15 (3) del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, así como la libertad de pensamiento y de expresión garantizados en el artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, teniendo en cuenta las responsabilidades impuestas a las empresas por parte de los Principios Rectores de empresas y derechos humanos, según lo aprobado por el Consejo de Derechos Humanos en su resolución 17/4 del 16 de junio de 2011?

5. Complicidad en crímenes de guerra

¿Es la empresa Monsanto cómplice en la ejecución de un crimen de guerra, tal como se define en el artículo 8 (2) de la Corte Penal Internacional, al proporcionar materiales para el Ejército de los Estados Unidos en el marco de la operación “Ranch Hand” lanzado en Vietnam en 1962?

6. Ecocidio

¿Podrían las actividades pasadas y presentes de Monsanto constituir un delito de ecocidio, entendido como la generación de daños graves o destrucción del medio ambiente, alterando de manera significativa y duradera los bienes comunes o servicios de los ecosistemas de los que ciertos grupos humanos dependen?

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