En el Congreso de la Nación se debate una ley especial sobre delitos informáticos, que se sumará a las 900 leyes especiales que anexan al Código Penal, en sus 100 años de vigencia.
La Comisión de Reforma del Código Penal incorporó el delito de porno venganza (en ingles revenge porn) en el título referido a los delitos informáticos, que sanciona con pena de prisión de 6 meses a 2 años o multa al que, sin autorización de la persona interesada, difundiere imágenes o grabaciones con contenido sexual, que hubieran sido producidas en un marco de intimidad.
Se establece una agravante, con pena de 1 a 3 años de prisión, si el autor de este delito hubiera tenido una relación afectiva con la persona afectada, si se trata de un menor, en cuyo caso podría también configurarse al delito de pornografía infantil, y si el autor hubiera actuado con fin de lucro.
Concretamente, el Proyecto de Reforma del Código Penal establece: “Se impondrá prisión de 6 meses a 2 años o 6 a 24 días-multa, al que sin autorización de la persona afectada difundiere, revelare, enviare, distribuyere o de cualquier otro modo pusiere a disposición de terceros imágenes o grabaciones de audio o audiovisuales de naturaleza sexual, producidas en un ámbito de intimidad, que el autor hubiera recibido u obtenido con el consentimiento de la persona afectada, si la divulgación menoscabare gravemente su privacidad».
A su vez, en el nuevo Código Penal se prevén nuevas figuras delictivas que pueden cometerse a través de medios informáticos, tales como el daño informático, el hurto y el fraude informático y el acceso ilegítimo a medios informáticos.
Del Código Penal actual (de 1921) de 316 artículos y 900 leyes penales especiales anexas, se pasa a un único nuevo Código Penal de 540 artículos (con todas las referidas leyes penales especiales incorporadas en su interior), abarcador de todos los temas centrales que constituyen un reflejo de los intereses de la sociedad Argentina: narcotráfico, corrupción, seguridad ciudadana, libertad de prensa, privacidad, violencia de género, ciberdelitos, pornografía infantil, medio ambiente, criminalidad financiera y delitos contra la humanidad; entre otros.
Fuente: InfoBAE