La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), falló contra la Argentina en una causa iniciada por las comunidades indígenas miembros de la Asociación Lhaka Honhat (Nuestra Tierra).
El fallo se produjo el 2 de abril de 2020 y entendió que es un derecho humano de los pueblos originarios, la protección del medio ambiente y del hábitat.
La CIDH sentenció que Argentina es responsable internacionalmente por la violación de los derechos a la propiedad comunitaria indígena, a la identidad cultural, a un medio ambiente sano, a la alimentación y al agua.
Obliga a la Argentina a preservar el acceso al agua y a la alimentación además de desplegar acciones para la recuperación de recursos forestales y la recuperación de la cultura originaria.
Las comunidades que demandaron están ubicadas en la provincia de Salta y pertenecen a los pueblos Wichi, Chorote, Toba, Chulupi y Tapiete y comprenden a 132 comunidades. Los pueblos indígenas han sido despojados de sus tierras, desalojados y se desmontó la región y se construyó un puente internacional sin consultar a quienes ocupan las tierras en forma constante a través de generaciones desde 1629.
El reclamo inicial se realizó en 1991 y comprende las comunidades en las que se produjeron muertes de niñxs por desnutrición además de escases de agua.
El tribunal internacional sentencia a la Argentina a restituir el territorio y tomar medidas de reparación del medio ambiente preexistente. El ex juez de la Corte Suprema Argentina Eugenio Zaffaroni no participó de las deliberaciones ni firmó la sentencia de la CIDH que cuenta con la firma del Presidente y Vicepresidente y demás miembros del tribunal internacional.