La justicia Comercial habilitó la feria y ordenó darle curso a una causa colectiva contra Despegar por no devolverle a los usuarios y usuarias lo abonado en concepto de reserva por alojamientos que fueron suspendidos por la pandemia del Covid-19.
La empresa de turismo Despegar incumplió lo establecido en la Resolución 131/20 del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación que sostiene que los agentes de viaje y los establecimientos hoteleros del país deben devolver a los y las turistas usuarios toda suma de dinero que hubieran percibido en concepto de reserva por alojamientos, a ser usufructuados durante el período comprendido entre la fecha de entrada en vigencia de la medida y el 31 de marzo del año en curso.
La demanda fue presentada por la Asociación Civil Coordinadora de Usuarios, Consumidores y Contribuyentes (ADUCC), con el objetivo que se declare la ilegalidad de la acción de cobro de la totalidad de las cuotas comprometidas por los usuarios que hubieran adquirido y cancelado sus contratos con la empresa.
La acción de fondo, a título cautelar, pidió se ordene a la empresa demandada la inmediata devolución de los importes totales referidos a estos contratos cancelados por los y las consumidores protegiendo sus derechos económicos en el marco de la emergencia pública y pandemia mundial decretada por la Organización Mundial de la Salud.
El magistrado, Eduardo Malde, sostuvo que «en este especial tipo de procesos cautelares, presuponen la necesidad de satisfacer de manera urgente, total o parcialmente, la pretensión que el peticionario formula en el proceso antes del dictado de la sentencia definitiva, por el daño irreparable que originaría cualquier dilación».
Fuente: Diario Judicial