Ley de Salud Mental: olvidada.

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El 1° Censo Nacional de Salud Mental reveló la falta de criterios de internación. El 37% está alojado por razones sociales o de vivienda.

La Ley Nacional de Salud Mental, sancionada en 2010 y de vanguardia en la región, estipulaba que los casos debían tratarse con equipos multidisciplinarios, desde una perspectiva de Derechos Humanos. Marcaba que en 2020 debían cerrar los «manicomios», concebidos más como cárceles que como sitios de reinserción social. Sin embargo, de acuerdo al 1° Censo Nacional de Personas Internadas por Motivos de Salud Mental realizado en 162 establecimientos de internación monovalente en salud mental públicos y privados de todo el país durante 2018 y 2019, 12.035 personas aún viven en hospitales psiquiátricos, y el 60% permanece en contra de su voluntad. Otro dato alarmante: el 37% no está internado por razones de salud mental, sino por problemas sociales o de vivienda.

El tiempo promedio de permanencia en estos centros es 8,2 años, lapso que aumenta a 12,5 en el sector público (que reúne el 52% de las internaciones). Uno de cada cuatro pacientes lleva más de diez años manicomializado. El 60,4% no firmó un consentimiento para estar en el hospital psiquiátrico y, según los equipos tratantes, sólo el 36,4% tiene criterio de internación (es decir, la existencia de riesgo cierto e inminente para la propia persona o para terceros, sobre todo a causa de posibles ataques violentos).

El Censo reafirma la falta de dispositivos comunitarios, como hospitales de día o casas compartidas, como ordena la ley. Al menos el 37,2% de los alojados están allí por razones sociales o de vivienda. Esta situación fue constatada por la Justicia en la causa «SAF c. Estado Nacional y otros s/amparo», de 2015, en la que se impuso al Ministerio de Salud de la Nación y al porteño la obligación de crear una red de dispositivos con base en la comunidad para todas las personas que se encuentren internadas en condición de alta. La sentencia ya originó multas y sigue sin cumplirse.

«Este Censo era una deuda pendiente. La ley prevé que los relevamientos sobre la situación de las personas internadas deben realizarse cada dos años», expresaron desde la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ). «A nueve años de la sanción, no se han diseñado e implementado políticas públicas para sustituir el sistema de atención tradicional basado en la internación manicomial.»Según el Censo, sólo el 41% de los internados puede realizar llamadas telefónicas a sus familiares y apenas el 12% está en posesión de su DNI. Según el Censo, sólo el 41% de los internados puede realizar llamadas telefónicas a sus familiares y apenas el 12% está en posesión de su DNI.

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