«La labor estuvo a cargo de la Secretaría de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno de La Pampa»
Tras un control a 20 trabajadores de plataformas de reparto a domicilio llevado a cabo el último fin de semana dio como resultado que ninguno de ellos tenía registro y todos superaban las ocho horas diarias de trabajo, además de que la mayoría desempeñaba su labor seis o los siete días de la semana, informaron los trabajadores.
Operativos similares ya se habían realizado en los meses de marzo y agosto del año pasado.
El relevamiento se efectuó en vísperas del fin de año, en horas del mediodía y de la noche, en lugares previamente seleccionados de la ciudad de Santa Rosa, sobre personas que estaban identificadas con ropa y mochilas de una de las empresas dedicadas al rubro de «delivery».
El texto advirtió que «el incumplimiento a la normativa laboral afecta todos los derechos de los trabajadores y trabajadoras del sector: falta de obra social, no gozan del pago de aguinaldo, licencias, aportes a la seguridad social, acceso a un crédito, vacaciones pagas, etc.».
«La implementación y expansión del modelo de negocios de las plataformas impone nuevas formas de organizar y gestionar el trabajo. La era digital impacta también en las dinámicas de acción de organización colectiva del personal», destacó.
Alertó sobre el hecho de que «más allá de que los trabajadores y trabajadoras tienen cierta libertad de elegir, por ejemplo las jornadas y horarios, no están en condiciones de pautar el valor de costo y cómo se calcula lo que perciben por envío, quién les paga, si reciben premios o estímulos y además existen consecuencias por no tomar pedidos asignados ya que puede ser desconectado su usuario sin previa notificación».
«Por otro lado, la falta de cobertura obligatoria por accidentes de trabajo agrega un riesgo adicional al peligro que representa el uso de una moto o bicicleta y la inseguridad de trabajar en la vía pública».
El parte de prensa recordó que «esta cuestión, de dependientes o cuentapropistas, se abordó incluso desde la Organización Internacional del Trabajo, concluyendo que hay varios indicadores de relación de dependencia entre las partes, por lo que estaría faltando para el reconocimiento de ese estatus, además de la registración, cuestiones como el derecho a defensa frente a sanciones, o a sindicalizarse y mantener negociaciones colectivas».