Jorge Yacopini Stefanazzi fue condenado a seis años de prisión por haber cometido el delito de abuso sexual con acceso carnal y por medio de violencia contra un niño menor de 13 años. Además, el caso fue apreciado en el marco y los términos previstos de los plexos normativos de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.
El caso fue resuelto en un juicio Penal abreviado mediante conformidad del fiscal Marcos Sacco, el defensor particular Gastón Gómez y el propio imputado, de 31 años de edad. También, la mamá del niño, dio su consentimiento.
En la causa quedó probado que el condenado ingresó a la habitación del niño, hijo de su pareja, y perpetró el abuso mediante el uso de la fuerza.
«la responsabilidad penal del acusado ha quedado evidenciada en cuanto a las circunstancias sobre cómo se habrían sucedido y develado los hechos”.
De las pruebas aportadas por la fiscalía satisficieron, la denuncia realizada por la madre del menor, un informe del Equipo de la Unidad Funcional de Género, Niñez y Adolescencia, informes psicológicos y psiquiátricos del imputado, declaración de la víctima en Cámara Gesell e informe victimológico realizado por la Oficina de Atención a la Víctima y a los Testigos.
El Juez Carlos Besi formuló en la sentencia “la responsabilidad penal del acusado ha quedado evidenciada, no solo por su propio reconocimiento, sino también a través del testimonio claro y preciso aportado por la madre del menor, en cuanto a las circunstancias sobre cómo se habrían sucedido y develado los hechos”.
Además, el magistrado señaló que la denuncia quedó “corroborada por el relato aportado por el niño en Cámara Gesell, en donde fue muy preciso y espontáneo en cuanto el hecho de abuso”, indicando a la pareja de su madre como único autor.
En la misma dirección, la psicóloga que entrevistó al menor, concluyó que el relato tuvo “pensamiento lógico”, “coherencia” y “una descripción detallada del hecho”, “apuntalándose en el lenguaje gestual para ejemplificar el episodio”.
Finalmente, Basi ordenó mantener al condenado bajo prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.-
Fuente: Diario Textual