Ley Yolanda. Media sanción en el Senado

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El Senado de la Nación  dio media sanción a una ley de capacitación obligatoria sobre medio ambiente. Hoy el proyecto fue aprobado por el Senado y ahora deberá ser tratado por Diputados.

Se denomina Ley Yolanda en homenaje a Yolanda Ortiz quien fuera la primera secrtaría de Ambiente en Argentina y América Latina durante el gobierno de Juan Domingo Perón en 1973

Fue aprobada por unanimidad y determina la capacitación obligatoria en materia ambiental para todos los integrantes de los tres poderes del EstadoLo mismo ocurre con la  “ley Micaela” sobre violencia de género promulgada recientemente.

Eugenia Catalfamo del Frente de Todos es una de las autoras del proyecto y se refirió a la Ley Yolanda como un homenaje a una mujer que se destacó por la protección del medio ambiente. “Es muy valioso darle un reconocimiento a su lucha”

Catalfamo destaco que el proyecto busca a través de la capacitación obligatoria de las y los funcionarios “el desarrollo sostenible y la protección del ambiente frente a la industrialización, la deforestación, la agricultura a gran escala, los incendios”

“Es fundamental promover una verdadera conciencia ambiental, sobre todo en los funcionarios que deben definir las políticas públicas”,  y agregó que la ley “va a tender un puente entre los tres poderes del Estado y la comunidad científica para fomentar el trabajo en equipo”.

El proyecto establece “los lineamientos generales destinados a las capacitaciones”, para cuya confección deberá convocarse a “instituciones científicas especializadas en la materia, así como de la sociedad civil y sus organizaciones”.

Debe incluir la capacitación, “como mínimo, información referida al cambio climático, a la protección de la biodiversidad y los ecosistemas, a la eficiencia energética y a las energías renovables, a la economía circular y al desarrollo sostenible, así como también deberán contemplar información relativa a la normativa ambiental vigente”.

Quienes se nieguen “sin justa causa” a realizar las capacitaciones “serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad de aplicación”, y el incumplimiento de esa intimación “será considerado falta grave dando lugar a la sanción disciplinaria pertinente”.

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