​Parece que en los despachos del Congreso han descubierto la alquimia moderna: transformar el hielo eterno en lingotes de oro, no con picos, sino con borradores. El Dictamen OD 700 no es una reforma legislativa; es un certificado de defunción para la Ley de Glaciares, redactado con la elegancia de un escribano que trabaja para una minera.
​Si usted cree que un glaciar es una masa de hielo que regula el clima, lamento informarle que, según este texto, el glaciar ahora es un empleado público: si no «demuestra» que está trabajando (aportando agua de forma contable y constante), pierde su derecho a la existencia.
​1. La Falacia de la «Función Hídrica»: Si no fluye, se destruye
​El mayor truco de magia de este dictamen es supeditar la protección a la «función hídrica». Es una trampa técnica deliciosa en su perversidad. El ambiente periglacial —el suelo congelado, los glaciares de roca, el permafrost— a menudo no entrega agua de manera «evidente» todos los días. Su función es la estabilidad, la reserva crítica para cuando el cambio climático nos deje secos.
​Pero bajo este nuevo dogma, si un glaciar de roca no está «recargando la cuenca» de forma que un burócrata pueda medirla con un balde, queda desprotegido. Es como decir que un hospital solo merece protección si tiene la sala de espera llena; si está vacío esperando una emergencia, mejor lo demitimos para hacer un shopping.
​2. El Principio Precautorio… al revés
​En el mundo del derecho ambiental, el principio precautorio dice: «Ante la duda, proteja». El OD 700 inventa el «Principio Precautorio Versión Lobby»: el glaciar está protegido hasta que alguien diga que no lo está.
​Lo más hilarante (o trágico) es el Art. 5: si el IANIGLA —el único organismo que realmente sabe de qué habla— se niega a borrar un glaciar del Inventario porque técnicamente corresponde protegerlo, no importa. La provincia puede ignorar al científico y autorizar la topadora igual. Han convertido al mayor instituto glaciológico del país en un decorado de cartón pintado.
​3. El Federalismo de la Picadora de Carne
​Invocan el artículo 124 de la Constitución para reclamar el «dominio originario». Traducción para el ciudadano de a pie: «Mi provincia, mi negocio». Al fragmentar la protección en «autoridades competentes» locales, el dictamen asegura que el estándar de protección sea tan bajo como la ética del funcionario de turno frente a una inversión multimillonaria.
​Adiós a los Presupuestos Mínimos. Ahora tendremos glaciares de «primera» y de «segunda», dependiendo de cuánta roca mineralizada tengan debajo.
​4. ¿Biodiversidad o Atractivo Turístico?
​Fíjense en el orden de prioridades del Art. 1. La protección se interpreta de modo «compatible con la utilización racional». Es la retórica del desarrollo sostenible usada como ariete. Si el glaciar es un «atractivo turístico», se protege para la foto; si tiene oro debajo, se «utiliza racionalmente» hasta que quede un cráter.
​Conclusión: Un traje a medida
​Este dictamen es una pieza de sastrería jurídica diseñada para esquivar el fallo de la Corte Suprema que ratificó la constitucionalidad de la Ley 26.639. Como no pudieron voltear la ley, decidieron vaciarla por dentro.
​Es una oda a la regresión ambiental. Es decirle a las generaciones futuras: «Les dejamos el mapa de donde solía haber agua, pero no se preocupen, la liquidación de las mineras fue excelente»

Por Ltadmin

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