De Justicia, Género y Pandemias anteriores al COVID19

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Ellos, algunos letrados, dicen, en descargo y justificación del fiscal Rivarola, que los libros dicen lo que sostiene el funcionario.

Nosotros, trabajadoras y trabajadores, decimos que no se detienen un segundo a pensar que esos libros de “derecho penal” fueron escritos en la lengua del patriarcado, con su “sentido común”, sus prácticas, sus doctrinas y sus jurisprudencias.

Ellos naturalizan y creen que todes interpretamos lo mismo, que es lo justo en forma y contenido. Nosotros decimos, aprendiendo de las mujeres y disidencias, lo que nos enseñan día a día en su lucha contra el patriarcado.

La justicia cuestionada

Tanto tiempo de cosificación no justifica que siga siendo así. Hoy elles se rebelan y nos enseñan a rebelarnos junto a elles.

Las palabras hoy deben ser otras y deberían expresar los reclamos de la colectiva que aparece en la escena contemporánea como el movimiento con más capacidad de revolucionar la realidad.

El de las mujeres y disidencias es el movimiento más cuestionador de todo lo instituido en esta época. Por algo lograron la Ley Micaela: las palabras y las prácticas del derecho deben cambiar con perspectiva de género.

También, el procedimiento penal que se aplica, reformas mediante, cuestionadas por les trabajadores, debería estar regido por las convenciones internacionales. Convenciones sobre protección de toda forma de violencia y que fueron incorporadas a la Constitución Nacional. Es algo que está, o deberían estar, por encima de los códigos procesales.

Pero no son sólo las palabras las que enojan hoy. Intuyen elles, y estamos convencidos de ello, que está en juego de nuevo la impunidad para los hijos machos del poder.

Se entiende muy bien que el cambio de calificación jurídica de los hechos no aporta mayor justicia para la víctima, sino todo lo contrario. Esa impunidad aparece demasiado seguida en la Provincia, tal como en otros territorios del país.

Aunque el fiscal Rivarola tuviera razón, y no la tiene, y hubiera actuado bien en el ejercicio de su función, la indignación en nuestra provincia se magnificó porque este Fiscal ya había actuado ilegalmente en 2015.

Entonces, desahogaba sus ansias punitivas contra ciudadanos de Chubut, incurriendo en espionaje ilegal cuando investigó en Esquel a militantes del NO A LA MINA, a periodistas y referentes de los pueblos originarios. Lo lamentable es que en esa ocasión resultó impune.

Pero el problema no es sólo un fiscal de dudoso criterio y cierta impunidad, sino las reformas reaccionarias que se vienen procesando en la Justicia.

Las Reformas en la justicia introducidas en toda América Latina a instancias de organismos de crédito internacionales, plantearon en los 90 que “la averiguación de la verdad real” era muy cara.

Por lo tanto, los reformistas sostenían la necesidad de incorporar a los procedimientos ciertos criterios economicistas, válidos para evaluar la conveniencia o no de iniciar una investigación de un delito. Lo mismo respecto de instrumentos de “negociación” del conflicto y las penas a aplicar.

El código procesal penal se aprobó a libro cerrado “porque si no, no se aprobaría nunca”, fueron las palabras del Procurador General en ese entonces. Para que se entienda esto último: cuando una persona le saca algo a otra contra su voluntad (lo desapodera), está cometiendo un hurto. Si esa misma acción se produce con violencia hacia la víctima el delito sería robo. El robo tiene mayor pena que el hurto.

Las “negociación” entre Fiscal y Defensor frente a un hecho de robo puede resolverse en un “Juicio abreviado”, dando por probado un hurto aplicando la pena menor, aunque la víctima haya sufrido un robo. Si bien esta negociación es más barata que averiguar la verdad real, siempre es injusta.

Es injusta para la víctima que sufrió un robo o es injusta para el “ladrón” al que si cometió un robo se lo juzga por hurto o, el peor de los casos, acepta ser condenado por un hurto que no cometió, porque se lo amenaza con una pena mayor.

Cuando los “progres” del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales, INECIP proponían estos instrumentos “más baratos”, nos decían que la justicia se la dejáramos a Dios. Recuerdo haberle preguntado qué pasaba con los no creyentes o ateos. Aun espero respuesta.

Otro problema que introdujeron las reformas neoliberales en el proceso penal, entre otras, es que plantean que el Fiscal actúa como abogado de la víctima, corriéndolo de su función original, cuando representaba a la sociedad y al estado. Para decirlo sencillo: ¡Neoliberalismo al palo!

Por eso ahora, el fiscal “puede» elegir la calificación y la pena que acepta la víctima en una negociación que no tiene nada de juicio, pero se llama “Juicio abreviado”, donde lo que menos interesa es la verdad real.

Debo aclarar, además, que los intereses de la víctima pueden no coincidir con los de la Sociedad y el Estado.

Una víctima puede perdonar un delito que a la Sociedad y el Estado no le interese perdonar. La víctima quedará siempre atrapada en las opciones que le concede el procedimiento penal creado para ahorrar; aunque resulte injusto.

En el caso de Chubut y Rivarola se dice que la víctima dio acuerdo al juicio abreviado, pero no está claro si le dieron la opción de obtener justicia. De hecho, se dice desde el Ministerio Público Fiscal que hoy protegen a la víctima, pero ninguno de los colectivos de mujeres cree en ello.

De todas formas, la sociedad percibe impunidad y que se anuncie ayer 3 de junio de 2020, a 5 años de la primera marcha “Ni Una Menos” es por lo menos una provocación de quienes se sienten impunes.

Por José Luis Ronconi (dirigente Judicial de Chubut)

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