Fue condenado a prisión perpetua por el denominado Crimen de Villa Martita. El juez de Ejecución le había otorgado la domiciliaria, pero el TIP y el STJ se la revocaron. 

 

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación presentado por la defensa y Carlos Luján Sosa deberá cumplir la prisión perpetua en la cárcel. La sala B del STJ confirmó el fallo del Tribunal de Impugnación Penal que revocó la prisión domiciliaria que le había otorgado el juez de Ejecución, Martín Saravia.

El TIP consideró, en su momento, que se encuentra acreditado que las cuestiones de salud que presenta Sosa, se hallan debidamente tratadas en el ámbito penitenciario, disintiendo con la decisión que había tomado Saravia.

El 3 de agosto pasado, el Juez de Ejecución Penal, Martín Saravia, ante el pedido de la defensa de Sosa, le había otorgado el beneficio de la prisión domiciliaria por cuestiones de salud. Pero el TIP antes y ahora el STJ rechazaron esa decisión y ratificaron que Sosa debe cumplir la pena en una cárcel.

En los fundamentos, el STJ aclara que «esta determinación, y por tal la adoptada por el T.I.P., en nada impide que ante un cambio en las circunstancias materiales objeto de examen, la defensa reitere el requerimiento para modificar el cambio de modalidad del cumplimiento de la pena del condenado Sosa».

El TIP estableció que «no había un diagnóstico certero que indique que en la Unidad Penitenciaria no fuera posible darle la atención requerida, como así lo referido al seguimiento que recibe por distintas áreas de la salud, de conformidad a las obligaciones asumidas por el Servicio Penitenciario».

Sosa fue condenado a prisión perpetua por «el crimen de Villa Martita», ocurrido el 14 de mayo de 2014, cuando Diego Fernando López asesinó de un disparo a Griselda Cabal y le produjo graves heridas al empresario Eduardo Ros, pareja de la víctima. La agresión se produjo frente a la casa donde residía la pareja, sobre la avenida Arturo Illia, y hubo un tercer imputado, Gastón Nicolás Soria, quien trasladó al sicario en un automóvil y actuó como «campana».

En el juicio se determinó que López había sido contratado por Carlos Sosa para matar a Ros. En su sentencia, el tribunal consideró que López fue el autor material, Soria el cómplice y Sosa el autor intelectual o instigador, y los condenó a prisión perpetua por el delito de «homicidio doblemente calificado por ser por precio o promesa remuneratoria, y mediante la utilización de un arma de fuego».

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